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Sector de la construcción pide ‘celeridad’ sobre discusión de Ley de Interés Preferencial

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En la Asamblea Nacional ya reposan dos nuevos proyectos de ley que buscan ser incluidos en la propuesta final. Más allá de mostrar un rechazo, el gremio aplaude el interés, pero también ve relevante priorizar los temas que ya han sido superados.

La Cámara Panameña de la Construcción (Capac) ve importante que las reformas a la Ley 468 del 2025 de Interés Preferencial tengan un tránsito rápido en la Asamblea Nacional (AN). Sin embargo, pide mayor “celeridad” para el proceso de discusión.

Según el gremio, de esta manera se podrán establecer reglas claras para lo que será la nueva Ley 468 que va a entrar a regir a partir del 1 de enero 2026, entendiendo que hoy se mantiene la Ley 3 del 20 de mayo de 1985, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.

Alejandro Ferrer Solís, presidente de la Capac, explicó que dentro de las discusiones que se dan en las reformas de la Ley de Interés Preferencial existen dos modificaciones que ven importantes.

Mala obligatoriedad

Una de ellas, dijo, es la eliminación del artículo 12, que establece a los bancos la obligatoriedad de garantizar que la letra hipotecaria no sea una carga insostenible para el comprador.

“Ningún promotor quiere construir un proyecto de casas si no tiene la certeza de que las personas a las cuales va a dirigir ese proyecto puedan calificar como sujetos de crédito”, alertó Ferrer.

La Asociación Bancaria de Panamá (ABP) ha explicado que la inclusión del artículo 12 no solo tomó por sorpresa a los bancos, sino también a las promotoras de viviendas.

Defendió que los bancos siempre han llegado a acuerdos con los clientes para, precisamente, asegurarse de que ellos puedan continuar con los créditos porque “los bancos no tienen ningún interés de quedarse con la casa de ningún cliente”.

La ABP advirtió de que la ley no puede dar una imposición porque, de lo contrario, los bancos buscarán otras alternativas de prestar en un segmento donde haya menos riesgos y no tengan este tipo de tema.

El presidente de la junta directiva de la ABP, Raúl Guizado, dijo que “la redacción de la ley podría ser mejor”, ya que algunos bancos han advertido de que no financiarán créditos de interés preferencial mientras las incongruencias de la ley no estén claramente definidas, por el nivel de riesgo que involucran.

Límite de aplicación

Las reformas a la Ley de Interés Preferencial contempla una reducción del límite de aplicación del interés preferencial en casas de hasta $120.000 cuando era hasta $180.000. El nuevo esquema establece tasas de 4 % por un periodo de ocho años, así como 3,5 % por siete años y 3 % por seis años.

Estos plazos permiten al Estado proyectar con mayor precisión el impacto fiscal del programa y evitar compromisos financieros a largo plazo, como ocurría anteriormente, cuando algunas hipotecas implicaban pagos hasta 2055.

Sobre este tema se basa la segunda modificación que le interesa a la Capac, ya que destacan que de esta forma se busca ofrecer un periodo más largo para que se dé una mayor amortización al capital del préstamo, con el objetivo de que las personas estén en mejores condiciones.

Ferrer mencionó que este impacto es relevante porque, por ejemplo, en el 2024 hubo una baja de producción de casas del 24 %. Con la ley, dijo, buscarían recuperar ese terreno perdido producto de todas las discusiones dentro de la Ley de Interés Preferencial.

En una estimación rápida, el presidente de la Capac dijo que si en el país se construyen alrededor de 8.000 casas al año, el 24 % que se busca recuperar sería de 2.000 casas al año.

El ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Jaime Jované, explicó que la reforma a la Ley de Interés Preferencial busca garantizar su sostenibilidad en el tiempo y eliminar la incertidumbre que generaba su renovación periódica.

Según Jované, el objetivo con este proyecto de ley es hacer permanente el beneficio, asegurando estabilidad para inversionistas y familias.

Ferrer manifestó -en este contexto- que la discusión de las reformas a la Ley de Interés Preferencial se debe centrar precisamente en otorgar el incentivo que le permita a más personas adquirir una vivienda.

“Desde su creación, la ley ha podido lograr que Panamá se convierta en un país de propietarios, porque más del 60 % de los panameños son dueños de su casa y eso es un patrimonio importante que le pueden dejar a sus hijos. Entonces, tiene mucho valor para nosotros que las personas sean dueñas de su propia casa y que la tengan asegurada, inclusive paga para cuando lleguen a su jubilación”, destacó

Añadió que “al final todos los esfuerzos de esta ley tienen que ir en búsqueda de facilitarles la vida a los compradores y en el caso particular el de incentivar la construcción de viviendas nuevas, porque ahora mismo nuestro país necesita empleos y la construcción es una de esas industrias capaces de generar empleos formales en poco tiempo. Entonces, tiene ventajas por donde lo quieras ver y realmente ahí radica la importancia de este proyecto”.

Restablecimiento

El presidente de la Capac también habló sobre cómo el Gobierno restableció la Ley de 1985 con el fin de dar paso a los trámites hipotecarios que estaban para este año y que estuvieron suspendidos hasta que se restableciera la entrada en vigencia de Ley 468.

Al respecto, comentó que hubo mucha discusión en saber los tiempos entre una ley y la otra. Aclaró que al momento de entrar en vigencia la Ley 468 junto con el artículo 12, no se tenía cabida para que los bancos pudieran cumplir las condiciones de ese artículo, que llevaron que algunos trámites quedaron represados.

“Para aprovechar el beneficio de la Ley 468, la propiedad tenía que estar inscrita, es decir, haber pasado por Registro Público, pero cuando se iba a dar el cambio de una ley a la otra, muchas transacciones se quedaron dentro del registro y se quedaron como de alguna forma represadas porque ante las nuevas condiciones de la Ley 468 los bancos iban a pedir revisar a los clientes una serie de cosas”, sentenció Ferrer.

Nuevas propuestas

En la AN reposan dos proyectos de ley presentados por los diputados, Jorge Herrera y Carlos Saldaña, con el fin de sumar más modificaciones a la Ley 468.

La propuesta de Herrera incluye la creación de un nuevo numeral que establece la figura de intermediario financiero, que podrá ser una persona jurídica pública o privada autorizada por la Superintendencia de Bancos de Panamá o el ente regulador correspondiente, con la capacidad de otorgar préstamos hipotecarios preferenciales.

Además, se plantea dividir el país en dos regiones: Región 1: Panamá y Panamá Oeste. Región 2: Colón y el resto del país

Mientras, la iniciativa de Saldaña plantea cambios en las tasas subsidiadas y en las condiciones necesarias para garantizar la pluralidad de participación de los bancos como facilitadores en los productos hipotecarios.

Ante la expectativa de ambas propuestas, el presidente de la Capac no mostró rechazo en ninguna, ya que entiende que la Comisión de Economía y Finanzas podría unificarlas en un solo anteproyecto.

“Entendemos que será una ley viable para todos los que participan en ella, pero con una discusión rápida, debido a que durante la discusión de las modificaciones a la Ley 468 se tocaron muchos temas que ya fueron en su momento subsanados, atendidos y discutidos. Ahora, debiéramos centrarnos en estas dos modificaciones para que la discusión del proyecto se de en el menor tiempo”, concluyó Ferrer, quien además se encuentra abierto a participar en este proceso de diálogo.

Fuente: Team Inversiones & Negocios

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