Desarrollo y fomento el turismo deportivo OBJETADO POR EL PRESIDENTE MULINO

Presidente Mulino objeta parcialmente, por inconveniente e inexequible, el proyecto de ley 331

El presidente de la República, José Raúl Mulino, objetó parcialmente, por inconveniente e inexequible, el proyecto de ley 331 que “desarrolla y fomenta el turismo deportivo” en Panamá, y lo devolvió a la Asamblea Nacional (AN), a fin de que los diputados analicen y consideren las objeciones planteadas por el Ejecutivo.

La objeción del proyecto se dio tras un análisis de las observaciones presentadas por el Ministerio de Educación (Meduca), la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP), el Instituto Panameño de Deportes (Pandeportes), la Universidad de Panamá (UP), la Alcaldía de Panamá, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati), el Ministerio de Salud (Minsa), el Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (Inadeh), el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (Ifarhu) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

En una misiva enviada al presidente de la AN, diputado Jorge Luis Herrera, el jefe del Ejecutivo sostiene que “tras analizar las observaciones presentadas por las diversas instituciones, se identifican disposiciones cuya aprobación podría generar desorganización institucional, superposición de competencias, vulneración de la autonomía municipal y riesgos fiscales”.

La nota detalla que se objeta por inconveniente el numeral 3 del artículo 4 del proyecto de ley 331; el artículo 5; y el numeral 8 del artículo 12. Asimismo, se objeta por inconveniente las disposiciones relativas a certificación, control sanitario y promoción de la salud, contenidas en los artículos 5, 8, 16, 27, 31, 33 y 34 de la iniciativa.

“Del análisis efectuado se advierte que, si bien el proyecto incorpora disposiciones vinculadas a la salubridad y la certificación de circuitos turísticos deportivos, no establece de manera expresa la prevalencia de las autorizaciones sanitarias como requisito previo para la obtención de la certificación, generando el riesgo de que se validen actividades sin el debido cumplimiento de los criterios sanitarios exigidos por la normativa vigente”, apunta el mandatario, entre las explicaciones por la objeción parcial de la norma.

En tanto, por inexequible, se objetaron los artículos 8 y 19 (además por inconveniente). Este último, buscaba crear “el Fondo Nacional de Turismo Deportivo para el desarrollo del turismo deportivo en la República de Panamá”.

“Si bien la finalidad perseguida por la norma resulta loable, la creación de un fondo público en los términos propuestos presenta serias deficiencias desde el punto de vista técnico, administrativo y constitucional”, advirtió el jefe del Ejecutivo, al referirse al artículo 19.

Fuente : Presidencia de la República de Panamá 

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